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Patentes PCT
Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT)
El Tratado está abierto a los Estados parte en el Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial (1883).

Permite solicitar protección por patente para una invención simultáneamente en un gran número de países mediante la presentación de una solicitud de patente "internacional". Puede presentar una solicitud de esa índole todo aquel que sea nacional o residente de un Estado Contratante. Tal solicitud se presenta generalmente ante la oficina nacional de patentes del Estado Contratante del que el solicitante es nacional o residente o, a elección del solicitante, ante la Oficina Internacional de la OMPI en Ginebra. El procedimiento del PCT ofrece grandes ventajas al solicitante, a las oficinas de patentes y al público en general:

i) El solicitante dispone de hasta 18 meses más que los que tendría mediante otro procedimiento distinto al del PCT para reflexionar sobre la conveniencia de buscar protección en países extranjeros, nombrar un mandatario local en cada país extranjero, preparar las traducciones necesarias y pagar las tasas nacionales; se le garantiza que si su solicitud internacional se ajusta a la forma prescrita por el PCT, no podrá ser rechazada por razones de forma por ninguna de las oficinas designadas durante la fase nacional de la tramitación de la solicitud; sobre la base del informe de búsqueda internacional o de la opinión por escrito, el solicitante puede evaluar con un grado razonable de probabilidad las perspectivas de patentabilidad de su invención; asimismo, durante el examen preliminar internacional, el solicitante tiene la posibilidad de modificar la solicitud internacional para ponerla en orden antes de su tramitación por las oficinas designadas;

ii) El trabajo de búsqueda y examen de las oficinas de patentes puede verse considerablemente reducido o prácticamente eliminado gracias al informe de búsqueda internacional, la opinión por escrito y, cuando proceda, el informe de examen preliminar internacional que acompaña a la solicitud internacional;

iii) Como cada solicitud internacional se publica junto con un informe de búsqueda internacional, cualquier tercero está en mejores condiciones de formarse una opinión fundada sobre la patentabilidad de la invención reivindicada.


Estados contratantes del PCT en Latinoamérica:

Norteamérica:
Mexico

Centroamérica:
Antigua and Barbuda
Barbados
Belize
Costa Rica
Cuba
Dominica
Dominican Republic
El Salvador
Grenada
Guatemala
Honduras
Nicaragua
Saint Lucia
Saint Vincent and the Grenadine
Trinidad and Tobago

Sudamérica:
Brazil
Chile
Colombia
Ecuador
Peru 

 



 
 
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